Campaña Preso Político Alberto Patishtán
Acciones convocadas:
Convocatoria al FORO CONTRA LA PRISION POLITICA Y POR LA LIBERTAD DE ALBERTO PATISHTÁN
19 de junio 2012: Jornada contra la prisión política y por la libertad de Alberto Patishtán
Convocatoria a la Tercera Etapa de Lucha Libertad a Patishtán y Sántiz López: Acción en SEGOB
Convocatoria a la cuarta etapa: ¡A TUMBAR LAS PAREDES DEL CALABOZO!
Solicitud urgente de Alberto Patishtán
Información general sobre el Preso Político Alberto Patishtán
Alberto Patishtán Gómez
El profesor Alberto Patishtán Gómez es originario de la cabecera municipal de El Bosque, Chiapas; está preso injustamente desde el 19 de junio del año 2000, por un delito que no cometió, fue acusado de homicidio calificado, portación de armas de uso exclusivo del ejército y lesiones calificadas, en un juicio cargado de violaciones al debido proceso fue sentenciado a 60 años de prisión.
Por las graves irregularidades en el proceso, sentencia y riesgos a su vida e integridad el caso fue presentado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en agosto de 2010, por violaciones principalmente a los artículos 8 y 25 entre otros, de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH).
El profesor Alberto Patishtán Gómez hasta el momento de su detención, trabajaba para la Secretaría de Servicios Educativos para Chiapas. Primero, se desempeñó como director de un albergue escolar denominado “Nicolás Bravo” ubicada en la comunidad “El Azufre”, municipio de Huitiupan, Chiapas; en donde permaneció 2 años. Posteriormente tomó posesión como director de otro albergue, en la cabecera municipal de Huitiupán, perteneciente a la zona escolar 204 de la región de Bochil en el Estado de Chiapas, México. Trabajó como educador durante cinco años y fue activo integrante de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (en adelante CNTE), reconocido grupo sindical disidente del oficial Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (en adelante SNTE); por su activa participación, fue integrante del Consejo Central de Lucha de la región Norte de Chiapas, del bloque democrático magisterial de la CNTE.
Al mismo tiempo era presidente de una organización económica conocida como Sociedad de Solidaridad Social (SSS) en el municipio de El Bosque. La organización SSS tiene como carácter fundamental la búsqueda de beneficios a través de proyectos productivos, procesos organizativos, educativos ó impulsar el trabajo comunitario, así como defender los derechos de la población desprotegida: niños, jóvenes, mujeres, hombres y ancianos. También tenía presencia política importante en la organización ejidal en El Bosque y participaba críticamente al interior de su asamblea ejidal. Por este trabajo en pro de los derechos de la población del municipio y por su ascendiente moral en las comunidades de la región, fue considerado como un líder político “peligroso” por el presidente Municipal Manuel Gómez Ruiz y por Ramiro Miceli Maza quien era Diputado Local por el Partido Revolucionario Institucional. Con anterioridad y tenacidad, el profr. Alberto Patishtan, se había pronunciado por la transparencia en el manejo de los recursos del Ayuntamiento local y había participado en denuncias y protestas por los abusos de autoridad con que gobernaba el Presidente Municipal Manuel Gómez Ruiz.
Contexto en el que se da su detención
A partir del levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) el 1 de enero de 1994, la ofensiva militar implementada por el Ejército Mexicano generó graves violaciones a los derechos humanos, entre ellas las ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, tortura, privaciones arbitrarias a la vida, privaciones arbitrarias de la libertad y el desplazamiento de diferentes comunidades indígenas y campesinas. Las violaciones a los derechos colectivos de las comunidades, son resultado de un proyecto en donde las autoridades a nivel federal y estatal, han utilizado el uso excesivo de la fuerza pública como respuesta a las demandas de reconocer y respetar los derechos, impulsando un clima de mayor represión y violencia.
Desde 1998 se denunció el incremento de la violencia en varios municipios zapatistas autónomos, los cuales fueron desmantelados de manera arbitraria y con el uso excesivo de la fuerza pública, al nivel de una persecución y violación a los derechos humanos similar al realizado en el año 1995. La ofensiva culmina con el ataque a las comunidades del Municipio oficial El Bosque, ó también llamado por los zapatistas autónomos San Juan de la Libertad; ataque que deja un saldo según versiones oficiales, de 10 muertos, 8 de los cuales son entregados a su comunidad en total estado de putrefacción. El ataque a la comunidad de Chavajeval también del municipio oficial de El Bosque se encontró con la resistencia de la población (de toda la población, no sólo los zapatistas).
En diciembre del año 2000, culminaron 70 años de gobierno del PRI y se dio la “alternancia” en el poder al ganar las elecciones el PAN; en Chiapas llega a la gubernatura el 8 de diciembre de 2000, Pablo Salazar Mendiguchía candidato de una coalición de diversos partidos, esto tuvo como consecuencia el cambio de personas en el poder, pero no de políticas y formas de gobernar.
Durante el año 2000 se registraron en los municipios de Simojovel y El Bosque una serie de actos de violencia, cuyo móvil y responsables no fueron precisados por las autoridades. En este contexto el caso más grave fue la emboscada efectuada el 12 de junio a la altura de la comunidad Las Limas, ubicado en el tramo carretero entre los municipios de Simojovel y El Bosque a una camioneta propiedad del Ayuntamiento de El Bosque y conducida por el hijo del presidente municipal Manuel Gómez Ruiz, en la que viajaban ocho agentes de la Policía de Seguridad Pública; siete de ellos perdieron la vida en el atentado y dos resultaron heridos, entre ellos el hijo del entonces presidente municipal. Según las autoridades, la emboscada evidenció una planeación y ejecución altamente profesional. De acuerdo con la versión de la PGR fueron diez personas las que realizaron la emboscada y utilizaron armas tipo AR-15 y AK-47.
Ante tales hechos, el 14 de junio llegaron al municipio de Simojovel más de 900 elementos del Ejército Mexicano buscando algún indicio de los asesinos. En todos los medios se divulgó la noticia de que el Ejército Mexicano había sido designado para cuidar y hacer las rondas en toda la región. Las denuncias de hostigamiento militar a las comunidades empezaron a ser públicas, primero en la comunidad de Lázaro Cárdenas, en donde los militares se establecieron en el campo de fútbol del ejido, so pretexto de las investigaciones de armas y de los sicarios. Otras comunidades de este municipio que denunciaron hostigamiento del Ejército Mexicano fueron las comunidades Luis Espinoza, Mercedes Isidoro, Yuquín, Berlín y Las Limas; en esta última comunidad el acoso fue intenso, ahí los pobladores denunciaron la entrada de alrededor de 40 efectivos. Los militares rondaban por los caminos que conducen a las milpas de las comunidades, creando confusión y temor, la gente huía atemorizada a la montaña.
Detención
El profesor Alberto Patishtán Gómez fue detenido el 19 de junio del 2000, en el municipio de El Bosque, cuando eran aproximadamente las 9:30 horas, momento en el que se dirigía a su trabajo (en ese momento el profesor era de filiación priísta). También fue detenido Salvador López González simpatizante zapatista y acusado de ser uno de los participantes en la emboscada del 12 de junio.
Cuatro hombres vestidos de civil, descendieron de una camioneta, deteniendo al profesor Alberto Patishtán sin ningún argumento, ni mostrarle una orden de detención, fue golpeado y trasladado a Tuxtla Gutiérrez, Chiapas y llevado a las instalaciones de la Procuraduría General de la República. En el traslado fue puesto boca abajo y con el rostro cubierto con una bolsa de tela, sin permitirle moverse. Ese mismo día el Agente el Ministerio Público de la Federal solicitó al Juez de Distrito en Turno una orden de arraigo “domiciliario” por 30 días, el profesor Alberto Patishtán permaneció en la habitación de un Hotel todo ese tiempo.
Sus familiares y compañeros lo buscaron durante una semana, sin que pudieran obtener información de las autoridades aprehensoras e investigadoras. El profesor estuvo incomunicado por varios días, sin auxilio jurídico durante las primeras etapas del proceso legal. En su declaración no se le consideró su condición de indígena tsotsil por lo tanto no contó con traductor en su idioma materno. A siete días de ocurrida la emboscada, se le tomó la prueba de rodizonato de sodio, resultando positiva tanto en la dorsal como palmar de la mano izquierda. El profesor Alberto Patishtán manifestó en su declaración que al momento de ocurrir la emboscada él se encontraba en una reunión en el municipio de Huitiupan, presentando sus pruebas, los cuales no fueron tomados en cuenta.
Durante el proceso judicial, la detención del profesor Patishtán fue sustentada únicamente en la segunda declaración ministerial que hizo el hijo del presidente municipal de El Bosque, el menor de edad Rosemberg Gómez Pérez, quien viajaba como chofer del vehículo y quien dijo que pudo ver al profesor Alberto Patishtán después de que éste le golpeó. Se desestimó la primera declaración ministerial del menor, en donde afirmaba que no había reconocido a ninguno de los agresores de la emboscada. A la fecha, el poder judicial sostiene la culpabilidad del Profesor Alberto Patishtán, únicamente fundamentados en este testigo singular.
El profesor había tenido problemas con el Presidente Municipal Manuel Gómez Ruiz, debido a las constantes denuncias que había firmado y dirigido a las autoridades, acusando al presidente municipal de malos manejos de los recursos públicos y por impulsar la creación de un consejo municipal en El Bosque. Los testimonios de los compañeros de Alberto Patishtan dan a conocer que la detención del profesor se da por venganza política y que el único testigo fue aleccionado por sus familiares en complicidad con las autoridades y con la participación activa de Ramiro Micelli Maza, diputado federal del Distrito por el PRI1.
Detención de Salvador López González
El 10 de julio fueron detenidos los hermanos Manuel y Salvador López González, quienes eran simpatizantes zapatistas y originarios de la comunidad Unión Progreso, del municipio de El Bosque. Sus familiares los buscaron por todas partes sin lograr encontrarlos, días después se les culpó de ser también los responsables de la emboscada. Salvador López González señaló que tanto él como su hermano Manuel fueron golpeados en diversas partes de su cuerpo durante su detención, mientras los policías les gritaban “matones” “ustedes mataron a los policías de Las Limas”. Manuel López fue liberado, no así su hermano Salvador quien fue acusado y procesado por la emboscada del 12 de junio. Coacusado junto con Alberto Patishtan, posteriormente el 18 de marzo de 2002 fue liberado, al no acreditarse su responsabilidad en los hechos.
Proceso penal
Después de 30 días de arraigo, el profesor Alberto Patishtán fue trasladado al entonces CERESO No. 1 “Cerro Hueco” en Tuxtla Gutiérrez. A pesar de las irregularidades del caso, el 25 de julio del 2000 se dictó auto de formal prisión en contra del profesor Alberto Patishtán y Salvador López González los cuales continuaron los procesos penales. Los delitos que se les imputaron fueron: violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, lesiones y homicidio calificados, robo, daños y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea; a Salvador lo acusaron también de delitos contra la salud, supuestamente por encontrarle droga al momento de su detención, lo que no pudieron sostener las autoridades acusadoras. _____
Las principales pruebas del ministerio público para inculpar al profesor Alberto Patishtán son: 1.- la segunda declaración del menor Rosemberg Gómez Pérez, en la primera mencionó no acordarse de nada debido a que quedó inconsciente y en la segunda después de haber recibido la visita de Martín Gómez Culebro, enemigo político del profesor Alberto Patishtán declaró la participación del profesor. 2.- la libreta de apuntes del Profesor Alberto Patishtán que se le encontró al momento de ser detenido con una serie de anotaciones para los juego de básquet bol, que se realizarían en los eventos deportivos de la zona. Los peritos y principalmente el Juez señalaron que eso pudiera ser un croquis que señalaba como estaban parapetados los criminales que cometieron la emboscada. 3.- el peritaje de rodizonato de sodio tomado siete días después de que sucedieron los hechos.
El 18 de marzo del 2002, en el expediente penal número 126/2000, el Juez Primero de Distrito del Vigésimo Circuito dicto sentencia condenatoria en contra del profesor Alberto Patishtán considerándolo penalmente responsable de los delitos de Lesiones y Homicidio Calificado, Robo Calificado y Daños, Portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, armada o fuerza aérea, aplicándole una pena de 60 años de prisión y multa de 1745 días por un monto total de $57,061.00. En el caso del señor Salvador López González, el Juez lo declaró absuelto de los delitos y ordenó su libertad.
El profesor Alberto Patishtán, interpuso el recurso de apelación contra la sentencia con fecha 18 de marzo de 2002, por lo que el 20 de agosto del mismo año, el magistrado Gerardo Torres García del Segundo Tribunal Unitario del Vigésimo Circuito con sede en Tuxtla Gutiérrez, resolvió el Toca Penal número 100/2002 confirmando la sentencia condenatoria.
Inconforme con la resolución, el profesor Alberto Patishtán promovió el Amparo Directo número 58/2003 radicado en el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, el cual se resolvió el 11 de junio de 2003, dictándose resolución en sentido de negar el amparo en la mayor parte de los actos reclamados, haciendo únicamente la reducción del pago de la multa a la cantidad de $20,437.50 por concepto de multa directa impuesta y sí se “niega a cubrir esa cantidad sin causa justificada el estado la exigirá mediante el procedimiento económico coactivo”.
El 1 julio de 2004 fue trasladado del CERESO No. 1 al CERESO No. 14 “El Amate” recién creado. En este penal integró junto con otros presos políticos y presos injustamente el grupo conocido como “La Voz del Amate” para continuar su trabajo por la defensa de los derechos humanos de los presos y para denunciar las arbitrariedades sufridas al interior del penal. Con ello, la lucha por la libertad de varios de ellos, concluyó con la liberación de la gran mayoría de los integrantes de La Voz del Amate en el 2008.
Seis años después, el 20 de agosto de 2009 como último recurso, interpuso a trámite el recurso de Reconocimiento de Inocencia número 1/2009, el cual se resolvió el día 21 de enero del 2010 en el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito por el Magistrado Lic. Pablo Quiñones Rodríguez. El sentido de la resolución fue la negación del reconocimiento de inocencia por “encontrarlo infundado”. La notificación respectiva se realizo el 3 de febrero del 2010, publicándose en estrados con esa misma fecha. Por tal razón, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas consideró agotados con esta fecha, los recursos internos.
Acciones ante la CIDH
Después de seis meses de la notificación del recurso negado, el 3 de agosto de 2010, el caso fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington en E.U. por las violaciones a los artículos 5 (Derecho a la Integridad Personal), artículo 7 (Derecho a la Libertad Personal), artículo 8 (Garantías Judiciales), artículo 13 (Libertad de Pensamiento y de Expresión), 16 (Libertad de Asociación), artículo 25 (Protección Judicial) en relación al artículo 1.1 (Obligación de Respetar los derechos) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En diciembre de 2010 le fue notificado al Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, el acuse de recibido de la solicitud de petición enviada a la CIDH, informando que al caso se le había asignado el número P-1119-10. Hasta este momento no se nos ha informado si le ha corrido traslado al gobierno mexicano.
Acciones políticas
En el 2006 en el contexto de la iniciativa de Sexta Declaración del EZLN, el profesor Alberto Patishtán se hizo adherente a La Otra Campaña y desde ese momento comenzó a denunciar con más fuerza las injusticias a que ha estado sometido. Además comenzó a informar sobre sus derechos a personas indígenas como él, que se encontraban presos injustamente, también buscó hacer alianzas con otros presos políticos en el interior del CERSS No. 14 “El Amate”.
El 25 de febrero de 2008, como expresión de su lucha por su libertad, organizaron una huelga de hambre indefinida manteniendo la huelga por 41 días, en aquel entonces, todos obtuvieron su libertad, menos el profesor Alberto.
En mayo del 2008 fue trasladado al CERESO No. 15 en el municipio de Copainalá, el cual es conocido como penal de castigo. Un día después volvió al penal “El Amate”.2
Posteriormente al quedarse solo como integrante de “La Voz del Amate”, el profesor solicitó su traslado al CERSS No. 5 de San Cristóbal de Las Casas. Ya estando en este CERSS No. 5, dio impulso a la organización de los “Solidarios de La Voz del Amate”, personas presas, indígenas, también con violaciones al debido proceso, encarceladas injustamente. El 4 de febrero de 2010, fue trasladado al Hospital “Vida Mejor” en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez en donde permaneció aproximadamente 6 meses, ante la enfermedad de glaucoma en los ojos la cual es una enfermedad irreversible que opaca la vista lentamente. Su situación de salud se agravó por la nula atención médica que existe al interior de los Centros Estatales de Reinserción y Readaptación Social.
Durante todos estos años de encarcelamiento y traslados a diferentes penales, el profesor Alberto Patishtán también se ha se desempeñado como ministro de la iglesia para acompañar a quienes como él sufren las consecuencias del deficiente sistema penal inquisitorio, como un camino espiritual de acompañamiento mutuo. Acompañó la defensa de los derechos humanos con el estudio de la biblia, realizando también jornadas de ayuno y oración.
Acciones recientes
El 29 de septiembre de 2011, el profesor Patishtán y los Solidarios de La Voz del Amate, iniciaron una huelga de hambre indefinida, otros mediante ayuno y oración. Después de 21 días de huelga, el profesor fue trasladado al CEFERESO No. 8 “Nor-Poniente” con sede en Guasave en el estado de Sinaloa. En donde permanece hasta el día de hoy. Muchas son las organizaciones civiles3 que han alzado sus voces exigiendo el regreso del profesor al CERSS No. 5 de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas y su libertad inmediata.
El mismo día del traslado, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, interpuso un amparo por considerarlo una flagrante violación a su derecho de libre expresión y manifestación. Las autoridades responsables demandadas, en ningún momento fundaron ni motivaron el traslado, lo que demuestra que lo único que pretendían era callar su voz. El 29 de febrero de 2012, el Juez Quinto de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, resolvió el amparo, ordenando el regreso del profesor al CERSS No. 5 de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, México. Se ha informado al Frayba, que el término para que cause ejecutoria la sentencia es el 22 de marzo de 2012, la cual deberá ser cumplida en el caso que las autoridades responsables no apelen dicha resolución del Juez Quinto de Distrito. Como Frayba consideramos que no hay argumentos para la interposición de algún recurso, y en cambio al profesor Alberto Patishtán, sí le han dado un trato discriminatorio y totalmente violatorio a sus derechos humanos. Hasta el momento el profesor Alberto Patishtán, ha informado que no ha recibido atención médica adecuada de cuerdo al glaucoma que padece.
El 17 de marzo de 2012, habitantes, comuneros, familiares y organizaciones de la sociedad civil de varios lugares y comunidades, organizaron la asamblea llevada a cabo en el municipio de El Bosque Chiapas, en donde nombraron al profesor “preso político” a la vez que exigieron su libertad inmediata.
Insumos de interés para analizar la vida de Alberto Patishtán
http://es.scribd.com/doc/132286689/Sinopsis-Del-Incidente
SINOPSIS DEL INCIDENTE DE RECONOCIMIENTO DE INOCENCIADEL PROFESOR ALBERTO PATISHTÁN GÓMEZ
http://es.scribd.com/doc/132251779/Insumos-de-interes-para-analizar-la-vida-de-Alberto-Patishtan-pdf


